ESTATUTO DE CUSTODIA Y MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL
Este repositorio de Archivos Perú constituye un ejercicio legítimo del Derecho a la Verdad y la Memoria Histórica, amparado por la prevalencia de los tratados internacionales sobre normas administrativas internas:
DERECHO A LA VERDAD (ONU): Conforme a la Resolución 2005/66 de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, la sociedad posee el derecho irrenunciable de conocer la verdad sobre violaciones de Derechos Humanos y corrupción. Este archivo garantiza la No Repetición.
LIBERTAD DE INFORMACIÓN (Art. 19 PIDCP): El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege el derecho de buscar, recibir y difundir informaciones de toda índole sin consideración de fronteras.
UMBRAL DE PRIVACIDAD (Corte IDH): Según la jurisprudencia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 13), el derecho a la privacidad de funcionarios públicos o personas involucradas en actos de relevancia social es limitado frente al interés público superior.
INALTERABILIDAD DE LOS HECHOS: Este archivo se declara Inalienable. El "Derecho al Olvido" no es aplicable a hechos de trascendencia histórica o criminal, cuya eliminación supondría un agravio a la memoria colectiva de la nación.